jueves, 2 de julio de 2009

LIBERTAD Y DEMOCRACIA E IMPUESTOS EN HONDURAS

Uno de los principales desafíos que nos revela el pueblo hondureño es como revitalizar la relación entre libertad, democracia y economía, en tanto que existe un gobierno de facto que viola un conjunto de derechos insustituibles e inherentes a la acción de los individuos, no solo dentro de sus ámbitos cotidianos, sino también dentro de las instituciones y practicas que han tenido alcances trascendentes mas allá de las relaciones internacionales, simplemente me refiero al ámbito económico.

Los efectos que se pudiesen tener sobre la economía a causa de la toma del poder del gobierno de un modo repentino y violento, violando la legitimidad institucional establecida en Honduras, es uno de los efectos no cuantitativos no considerados en el largo plazo, su producción interna, sus exportaciones e importaciones y lo mas importante para todo gobierno la recaudación fiscal, la cual es la principal base de todo presupuesto publico para todo gobierno, esta se vera fuertemente afectada a raíz de un gobierno de facto no reconocido su legitimidad en el ámbito internacional. Este tema sobre la tributación y sus efectos a raíz de la violación democrática en Honduras, será el tema sobre el cual publicare en los próximos días.

Deseando un enorme y gran apoyo a la instauración de la democracia de manera pacifica al pueblo Hondureño.

Juan Carlos Moscoso G.


DOBLE TRIBUTACION INTERNACIONAL

Cuando se realiza una inversión en otro país, las rentas que se obtienen pueden verse sometidas a la doble imposición (Tributos), es decir, pueden verse estas rentas, gravadas tanto por el Estado de la inversión como por el Estado del inversor. Esto ocurre porque los sistemas fiscales se solapan entre sí.

Existe doble tributación internacional en sentido amplio o económico, cuando el mismo o semejante impuesto es percibido por varios Estados en virtud de un mismo hecho grabado y para un mismo período de tiempo. Cuando la misma persona se halla obligada por la legislación de dos estados al mismo Impuesto.

Encontramos dentro de este concepto cuatro hechos que se configuran para que exista la doble tributación, estos son:

Que exista un hecho gravado.

Que recaiga en la misma persona ya sea natural o jurídica, que sería el sujeto del impuesto.

Dentro de un mismo período tributario.

Que exista similitud en relación al impuesto aplicado.

Sin duda esta doble tributación, la cual podría ser triple y hasta cuádruple, no hace sino desincentivar las relaciones comerciales entre los contribuyentes de cada país, ya que quienes efectúan operaciones comerciales internacionales tendrán que soportar para una misma operación más de un tributo.

Es por esta razón que los países celebran tratados o convenios para eliminar o aminorar la doble tributación, estableciendo ciertos procedimientos que se contemplan para ello.

MAPA